DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTOS CONFIDENCIALES
Todas las empresas en nuestra actividad diaria generamos documentos con datos sensibles. En el caso de los datos de carácter personal, una vez cumplido el objetivo para el cual se recabaron y/o el periodo obligatorio de conservación, su eliminación se ha convertido en una práctica habitual y de obligado cumplimiento según establece la Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos Personales junto con el Real Decreto 1720/2007 que aprueba el reglamento de desarrollo de la ley y actualmente el RGPD.
Pero más allá del mero cumplimiento de la normativa, la prudencia nos obliga a asegurar la destrucción de toda la documentación confidencial (datos de carácter personal, datos empresariales…), que una vez cumplido el cometido para el que se generó o el plazo obligatorio de conservación, deja de tener valor para nosotros, si bien, en manos ajenas puede adquirir un valor estimable y pasar a transformarse en un serio problema para nuestra organización.
Por lo tanto, es necesario que eliminemos todos estos documentos de forma segura, confidencial e irreversible. |